ivande escribió:Pero en todo caso, eu entendo que deben ser funcionarios de carreira que foran antes e durante mais de dous anos interinos, e que participen nesta convocatoria logo de ter aprobada unha oposición, como este caso, que aprobou no 2017 ou 2018...quero decir, non é necesario que teña os dous anos de antiguidade como funcionario de carreira pero sí ten que ser funcionario de carreira, non pode ser aínda interino porque sí que tanto a lei como a convocatoria esixen ser funcionario de carreiraBalgard escribió:Que los interinos puedan acceder a la promocion interna en las mismas condiciones que los funcionarios de carrera se incluyó en las últimas modificaciones de la Ley de empleado público y del Estatuto Básico me imagino que por la cantidad de sentencias europeas que vienen diciendo que no puede haber discriminaciones entre el funcionario interino y de carrera en las mismas condiciones de trabajo. Ahora pueden acceder al promocion interna si cumplen el requisito de los 2 años trabajados cuando antes no podían, al igual que antes los interinos no cobraban los trienios y ahora sí, ahora no tienen acceso a la carrera profesional pero empiezan a salir sentencias que indican que tienen derecho a ella, como también empiezan a salir sentencias que avalan quee también pueden consolidar el grado personal.
Respecto a lo que decis que está en el apartado de promocion interna del personal funcionario de carrera no afecta, ya que para poder participar sí tienes que ser funcionario de carrera, caso diferente es el requisito de los dos años de antiguedad y como se contabiliza.
No me extrañaria que el caso del que hablais no sea el unico.
En cuanto a la prevision de la nota de corte, no creo que suba mucho de 66, tened en cuenta que ha sido una convocatoria muy seguida a la anterior, al contrario de la última vez que llevaban años sin convocatoria y eso influye bastante.
Eso por suposto.